¿Son legales los contactos de tu base de datos?
Que nuestro mensaje, nuestro producto o nuestro servicio llegue al mayor número de personas posible es el objetivo de cualquier empresa que se precie. Pero ¿que ese mensaje llegue a mucha gente implicará que la respuesta obtenida sea de mayor calidad? Posiblemente a estas alturas del juego, más de uno y más de dos sabrán ya que la respuesta suele ser que no.
Lo cierto es que, a corto plazo y sin tener muy en cuenta palabras como la sensatez o la propia ética, ese camino puede recorrerse con cierta comodidad apelando a fórmulas como el “copia y pega” de direcciones de correo electrónico, cazadas al vuelo de sitios webs o guías telefónicas, o a partir de la adquisición de bases de datos a entidades que se dedican a ello.
Sería gritar fuerte, pero no por ello ser escuchados mejor. Por eso, NO: no es lo correcto y ni siquiera la celeridad con que conseguiríamos colocar nuestro mensaje en la bandeja de entrada de cientos de receptores acabaría por ser rentable a nuestra empresa, que debe asumir las reglas de un juego limpio, en el que el sucio acaba saliendo por la puerta, quiera o no.
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En la era de Internet, las fórmulas de márketing han cambiado y siguen haciéndolo día a día, para adaptarse a lso tiempos y compatibilizarse sí o sí con el frenético ritmo que han impuesto las nuevas formas de comunicación. En este modelo de constante evolución, cobran una gran importancia las newsletter y el contenido que somos capaces de hacer llegar a los potenciales clientes. En este punto, es importante recordar por tanto que no todo lo que nuestra empresa ofrece, será del interés de todo el mundo, y que no todo el mundo estará dispuesto a recibir correos de forma periódica y sin un evidente motivo que explique por qué el nombre de nuestra empresa figura ahora en su listado de mails.
Decimos todo esto para alejar de nuestro horizonte, la opción de contratar un servicio que, en los tiempos que corren, se ha empezado a generalizar en la red, y que se nos suele presentar como una forma de lograr direcciones de correo en bases de datos que podremos emplear luego a nuestro antojo. Punto 1: esa empresa no nos venderá un listado exclusivo, sino que lo hará llegar a todo el que pague sus servicios, de forma que debemos olvidar la posibilidad de tener así una lista única y a la que nadie más tiene acceso. Dos: enviar un e-mailing o un newsletter sin consentimiento previo expreso no es legal, puede suponer grandes problema a la larga para nuestra compañía y, para colmo de males, ni siquiera es efectivo, aunque lo parezca de inicio. Razón en el punto 1. Pero a esto, añadimos algo más -punto 2-: Aunque el destinatario no llegase a denunciar, enviar un mail de tipo publicitario se considera a todas luces invasivo, con lo que, quien lo recibe optará siempre por la vía más rápida, que no es otra que enviar el correo a la papelera y asegurarse de que nuestros mails nunca más llegarán a su bandeja de entrada. Mal negocio, sin duda.
¿Y qué hay de las sanciones? ¿Verdaderamente, mi empresa puede verse penalizada económicamente por este tipo de prácticas? La respuesta es SÍ.
En España el correo electrónico no solicitado está terminantemente prohibido por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).
Aquí, la Agencia Española de Protección de Datos es el organismo encargado de velar por el derecho del internauta a no recibir comunicaciones indeseadas en su correo personal, y la legislación es clara al respecto. Ésta, fija como infracción grave el hecho de enviar en el plazo de un año, más de tres comunicaciones comerciales por los medios aludidos a un mismo destinatario, cuando en dichos envíos no hayan sido solicitados por el receptor, y siempre que no exista una relación contractual entre quien envía y quien recibe el mensaje, que dé vía libre a su remitente, a partir de dicho contrato.
En juego están sanciones de hasta 600.000 euros, además de un lastre para la reputación de nuestra marca, que probablemente sea difícil solventar en un largo espacio de tiempo.